Antes de la Corte Suprema Suprema, el tipo arancelario medio efectivo aplicado a las importaciones (antes de sustitución y evitación) era de aproximadamente el 16,9%. La sentencia la redujo a ~9,1%.
El nuevo arancel del 10% de la sección 122, si se aplica con las normas de acumulación y las exenciones de la USMCA como en IEEPA, lo eleva de nuevo al 15,4%.